| Tipo |
Norma Técnica Peruana
|
| Ref. Perú | NTP 350.043-1:2011 |
| Edición |
3
|
| N° Páginas | 140 |
| Fecha Publicación |
31/12/2011
|
| Año de Vigencia | 2011 |
| Titulo | EXTINTORES PORTÁTILES. Selección, distribución, inspección, mantenimiento, recarga y prueba hidrostática |
| Titulo en inglés | Portable fire extinguishers. Selection, distribution, inspection, maintenance, recharging and hydrostatic. |
| Resumen |
Esta parte de la NTP 350.043 establece los requisitos y procedimientos para la selección, distribución, instalación, señalización, inspección, mantenimiento, recarga y prueba hidrostática de los extintores portátiles, excepto los de agentes de extinción halogenados. Los requisitos son mínimos. Los extintores portátiles son una línea primaria de defensa con capacidad para controlar y extinguir incendios de tamaño limitado. Son necesarios aún cuando la propiedad esté equipada con sistemas o instalaciones fijas de extinción de incendios, tales como rociadores automáticos, sistemas de agua y/o espuma contra incendio, mangueras u otros equipos fijos de protección. Los extintores no reemplazan a sistemas e instalaciones fijas. La presente Norma Técnica Peruana no elimina o anula cualquier requisito establecido en otra Norma Técnica Peruana referida a lugares específicos.
|
| Aprobado con | R. 55-2011/CNB-INDECOPI (2011-12-31) |
| Reemplaza a | Norma Técnica Peruana - NTP 350.043-1 1998 - EXTINTORES PORTATILES. Selección, distribución, inspección, mantenimiento, recarga y prueba hidrostática. 1a. ed. |
| Precio en Físico |
S/124.30
|
| Precio en Tienda Virtual |
S/120.27
|
| ICS |
| 13.220.10 |
Lucha contra el fuego |
|
| Notas |
Para Mayor información sobre el acceso a este documento por favor comunicarse con el Centro de Información y Documentación de INACAL al correo cid@inacal.gob.pe o al 6408820 anexo 2223
|
| Res.Obligatoria |
"D.S. 043-2007-EM (2007-08-22) "" Reglamento de Seguridad para las Actividades de Hidrocarburos y modifican diversas disposiciones""
/D.S. 011-2006-VIVIENDA (2006-05-08) ""NORMA G.050 SEGURIDAD DURANTE LA CONSTRUCCIÓN ""
/D.S. 010-2009-VIVIENDA ""Modifican la denominación de la norma ténica A.120 del Reglamento Nacional de Edificaciones""
/DS Nº 065-2008-EM; RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 067-2016-OS-CD (2016-04-13)
/DS Nº 022-2012-EM ""Modifica el Reglamento para la Comercialización de GLP aprobado por el D.S. 01-94-EM, el Reglamento de Seguridad para Instalaciones y Transporte de GLP aprobado por el D.S. 027-94-EM, y el Glosario, Siglas y Abreviaturas del Subsector Hidrocarburos aprobados por el D.S. N° 032-2002-EM.""
|
| Obligatoria |
SI
|
| Comite |
Seguridad contra Incendios
|
| SubComite |
Sin subcomite
|